¿Cuándo es la legítima en Cataluña?




La legítima en Cataluña es un concepto jurídico que se refiere a la parte de la herencia que, por ley, corresponde a determinados herederos forzosos. En Cataluña, como en el resto de España, existen unas normas específicas que regulan la legítima y establecen quiénes son los herederos forzosos y cuánto les corresponde.

Según el Código Civil de Cataluña, los herederos forzosos son los descendientes, ascendientes y el cónyuge o pareja de hecho superviviente. Estos herederos tienen derecho a una porción de la herencia, llamada legítima, que no puede ser privada por testamento. Esto significa que, aunque el testador puede disponer libremente de una parte de sus bienes a través de testamento, no puede dejar sin nada a los herederos forzosos.

En cuanto a la cuantía de la legítima, en Cataluña se establece que los descendientes tienen derecho a dos terceras partes de la herencia, mientras que los ascendientes y el cónyuge o pareja de hecho superviviente tienen derecho a una tercera parte. Si no existen descendientes, la legítima se reparte en partes iguales entre los ascendientes y el cónyuge o pareja de hecho superviviente.




Sin embargo, es importante destacar que en Cataluña existe la figura del tercio de mejora, que permite al testador disponer libremente de una parte de su herencia para favorecer a alguno de los herederos forzosos. Esto significa que el testador puede dejar un tercio de la herencia a quien desee, siempre y cuando se respeten las cuotas de legítima establecidas por ley.

La legítima en Catalunya 2023: ¿cuánto se hereda?

La legítima en Catalunya es un derecho que tienen los herederos forzosos a recibir una parte de la herencia de una persona fallecida. En Catalunya, este derecho está regulado por el Código Civil de Catalunya.

En el año 2023, la legítima en Catalunya se calcula de la siguiente manera:

1. Si el fallecido no deja descendientes, la legítima corresponde a los padres en partes iguales. Si solo hay un progenitor vivo, este recibirá la totalidad de la legítima.

2. Si el fallecido deja descendientes, la legítima se divide en tres tercios:

– Un tercio se reserva para los descendientes. Este tercio se divide entre ellos por partes iguales.

– Otro tercio se reserva para el cónyuge viudo. Si el cónyuge viudo concurre con descendientes, su legítima será del usufructo del tercio de mejora.

– El último tercio se reserva para el libre disposición del fallecido. Este tercio puede ser destinado a cualquier persona o entidad, incluso a aquellos que no tengan el carácter de herederos forzosos.

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Es importante destacar que la legítima en Catalunya es irrenunciable, lo que significa que los herederos forzosos no pueden renunciar a su derecho a recibirla. Sin embargo, sí pueden renunciar a la herencia en su totalidad.

En cuanto al cálculo del valor de la legítima, este se realiza teniendo en cuenta el valor de la herencia en el momento del fallecimiento. Es decir, se toma en consideración el patrimonio total del fallecido, incluyendo bienes inmuebles, cuentas bancarias, inversiones, etc.

La legítima de una herencia en Cataluña: ¿cuánto se hereda?

En Cataluña, la legítima de una herencia se refiere a la parte de los bienes que el testador está obligado a dejar a sus herederos forzosos, también conocidos como herederos legítimos. Estos herederos son los descendientes, los ascendientes y el cónyuge del fallecido.

La legítima en Cataluña se divide en dos partes: la legítima estricta y la mejora. La legítima estricta es la parte mínima de la herencia que los herederos legítimos tienen derecho a recibir y no puede ser privada ni renunciada por el testador. Por otro lado, la mejora es una parte adicional que el testador puede destinar a uno o varios herederos legítimos, aumentando así su porción en la herencia.

La legítima estricta en Cataluña se calcula de forma diferente dependiendo de si el fallecido tenía descendencia o no. Si hay descendencia, la legítima estricta corresponde a dos tercios de la herencia. Si no hay descendencia, la legítima estricta es la mitad de la herencia. En ambos casos, la legítima estricta se divide por partes iguales entre los herederos legítimos.

En cuanto a la mejora, el testador puede destinar hasta un tercio de la herencia para mejorar la porción de uno o varios herederos legítimos. Si hay varios herederos con derecho a mejora, el testador puede decidir cómo distribuir este tercio adicional entre ellos.

Es importante tener en cuenta que, en Cataluña, el testador tiene libertad para disponer de la tercera parte restante de la herencia, conocida como la libre disposición. En esta parte, el testador puede dejar sus bienes a quien desee, sin restricciones legales.

Reparto de legítima en Cataluña

El reparto de legítima en Cataluña se rige por el Código Civil de Cataluña, que establece las normas y reglas aplicables a la sucesión hereditaria en esta comunidad autónoma. La legítima es la parte de la herencia de la que no se puede disponer libremente, ya que está reservada por ley a determinados herederos forzosos.

lll➤   Se puede abrir un testamento sin estar todos los herederos presentes.

En Cataluña, la legítima se divide en dos partes: la legítima estricta y la mejora. La legítima estricta es la parte de la herencia que corresponde a los herederos forzosos, que son los descendientes, los ascendientes y el cónyuge o pareja de hecho superviviente. La mejora, por su parte, es la parte de la herencia que se puede destinar voluntariamente a alguno de los herederos forzosos, sin que esto afecte a la legítima estricta de los demás.

El Código Civil de Cataluña establece que la legítima estricta se divide en tres tercios. Un tercio corresponde a los descendientes, otro tercio a los ascendientes y el último tercio al cónyuge o pareja de hecho superviviente. Si alguno de estos herederos forzosos fallece antes que el causante de la herencia, su parte de legítima se reparte entre los demás herederos forzosos.

En cuanto a la mejora, el Código Civil de Cataluña permite que se destine hasta un tercio de la legítima estricta a alguno de los herederos forzosos, sin que esto afecte a la legítima estricta de los demás. La mejora puede ser otorgada por el causante de la herencia en el testamento o en documento público posterior al testamento.

Es importante tener en cuenta que, en Cataluña, se aplica el principio de la indivisión hereditaria, lo que significa que los herederos forzosos tienen derecho a la propiedad en común de los bienes hereditarios hasta que se realice la partición de la herencia. La partición puede hacerse de común acuerdo entre los herederos o, en caso de desacuerdo, mediante un procedimiento judicial.

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