Devolución de cláusula suelo con carácter retroactivo: un análisis profundo.




La devolución de la cláusula suelo con carácter retroactivo ha sido un tema muy debatido en el ámbito legal en los últimos años. Esta cláusula, presente en muchos contratos de préstamos hipotecarios, establece un límite mínimo a la bajada de los tipos de interés, lo cual impide que los clientes se beneficien de las tasas más bajas del mercado.

En 2013, el Tribunal Supremo español declaró nulas las cláusulas suelo por falta de transparencia, lo que permitió a los afectados reclamar la devolución de las cantidades pagadas de más. Sin embargo, en su sentencia, el Tribunal Supremo estableció que la devolución sería solo con carácter futuro, es decir, a partir de la fecha de la sentencia.

Esta limitación temporal en la devolución de la cláusula suelo generó un gran debate sobre la posible retroactividad de la misma. Muchos afectados argumentaban que, al ser declarada nula por falta de transparencia, la cláusula suelo debería ser considerada como si nunca hubiera existido, por lo que la devolución debería ser retroactiva desde el momento en que se firmó el contrato.




El debate sobre la retroactividad de la devolución de la cláusula suelo llegó hasta el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), el cual emitió una sentencia en diciembre de 2016. En dicha sentencia, el TJUE estableció que la falta de transparencia de la cláusula suelo implica su carácter abusivo, y por tanto, debería ser considerada nula desde el inicio del contrato.

Esta sentencia del TJUE abrió la puerta a la devolución retroactiva de la cláusula suelo, permitiendo a los afectados reclamar la totalidad de las cantidades pagadas de más desde la firma del contrato. Sin embargo, esta retroactividad no es automática, sino que debe ser solicitada por los afectados a través de un proceso judicial.

A pesar de la sentencia del TJUE, existen algunas limitaciones a la retroactividad de la devolución de la cláusula suelo. Por ejemplo, el Tribunal Supremo español estableció un límite temporal en la devolución retroactiva, estableciendo que solo se devolverían las cantidades pagadas de más desde mayo de 2013, fecha en la que emitió su primera sentencia sobre este tema.

Devolución de cláusula suelo: ¿cuánto me corresponde?

La devolución de la cláusula suelo es un tema que ha generado mucho debate en los últimos años. Se refiere a la restitución de los intereses que los bancos han cobrado de manera abusiva a los clientes que tenían una hipoteca con cláusula suelo.

En primer lugar, es importante entender qué es la cláusula suelo. Se trata de una cláusula incluida en los contratos hipotecarios que establece un límite mínimo de interés a pagar por el préstamo, independientemente de que el tipo de interés pactado con el banco esté por debajo de ese límite. Esto significa que aunque los tipos de interés bajen, el cliente seguirá pagando un interés mínimo.

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La devolución de la cláusula suelo se produce cuando un juez declara nula esta cláusula y ordena al banco que devuelva al cliente los intereses cobrados de más debido a la aplicación de la misma. Es importante destacar que no todas las cláusulas suelo son consideradas abusivas, por lo que cada caso debe ser analizado de manera individual.

En cuanto a la cantidad que le corresponde al cliente en concepto de devolución, esto dependerá de varios factores. En primer lugar, se tendrá en cuenta el importe de los intereses cobrados de más desde la aplicación de la cláusula suelo hasta la fecha en que se declare nula. También se puede tener en cuenta el capital amortizado durante ese periodo, ya que si se ha pagado una parte del préstamo, la devolución se calculará sobre la cantidad que aún se adeuda.

Además, es importante mencionar que la devolución puede incluir los intereses legales correspondientes. Estos intereses se calculan sobre la cantidad a devolver desde la fecha en que se cobraron los intereses de más hasta la fecha en que se realiza la devolución efectiva.

Es importante destacar que cada caso es único y que puede haber diferencias en el cálculo de la devolución dependiendo de las circunstancias particulares de cada cliente y de la sentencia judicial. Por eso es recomendable consultar con un abogado especializado en derecho bancario para obtener una estimación más precisa de la cantidad que le corresponde en concepto de devolución de la cláusula suelo.

Costo de abogado para reclamar cláusula suelo

El costo de un abogado para reclamar la cláusula suelo puede variar dependiendo de varios factores. En general, los abogados suelen cobrar una tarifa fija por sus servicios legales, que puede oscilar entre los 500 y los 2.000 euros, aunque también existen abogados que trabajan a porcentaje.

Es importante tener en cuenta que el costo de un abogado no solo incluye los honorarios por su trabajo, sino también otros gastos asociados al proceso de reclamación. Estos gastos pueden incluir el pago de tasas judiciales, costos de notificación, honorarios de peritos, entre otros.

Además, algunos abogados pueden ofrecer la posibilidad de acogerse a una cláusula de honorarios de éxito. Esto significa que el abogado solo cobrará sus honorarios si consigue una resolución favorable para el cliente. En este caso, los honorarios suelen ser un porcentaje del importe recuperado.

Es importante tener en cuenta que cada caso es único y el costo de un abogado puede variar dependiendo de la complejidad del caso, el tiempo que se espera que dure el proceso y la experiencia del abogado. Por lo tanto, es recomendable solicitar un presupuesto detallado antes de contratar los servicios de un abogado.

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Plazo límite para reclamar la cláusula suelo

El plazo límite para reclamar la cláusula suelo es un aspecto fundamental a tener en cuenta para aquellos afectados que deseen recuperar el dinero pagado de más por esta cláusula abusiva en su hipoteca.

En general, el plazo límite para reclamar la cláusula suelo es de cuatro años a partir de la fecha en que se produjo el último cobro indebido. Esto significa que si el banco dejó de aplicar la cláusula suelo en la hipoteca hace más de cuatro años, el afectado ya no podrá reclamar la devolución de las cantidades pagadas de más.

Sin embargo, existen algunas excepciones a este plazo límite. Una de ellas es el caso de los afectados que hayan iniciado un procedimiento judicial antes de que se cumplieran los cuatro años desde el último cobro indebido. En este caso, se considera que el plazo de reclamación se encuentra suspendido hasta que se resuelva el proceso judicial.

Otra excepción son los afectados que hayan firmado un acuerdo extrajudicial con el banco para la devolución de las cantidades pagadas de más. En este caso, el plazo de reclamación también se encuentra suspendido mientras se cumpla el acuerdo extrajudicial.

Es importante tener en cuenta que el plazo límite para reclamar la cláusula suelo puede variar en función de la legislación vigente en cada país. Por lo tanto, es recomendable consultar con un abogado especializado en derecho bancario para obtener información precisa sobre el plazo de reclamación en cada caso concreto.

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