Hoy voy a hablarte de «Una persona de 90 años puede hacer testamento y legar bienes.» desde un punto de vista legal.
Según la ley, una persona de 90 años tiene plena capacidad para hacer un testamento y disponer de sus bienes. La edad avanzada por sí sola no es un impedimento para realizar este acto jurídico. Es importante destacar que para que el testamento sea válido, la persona debe estar en pleno uso de sus facultades mentales al momento de su otorgamiento.
Es recomendable que la persona cuente con asesoramiento legal al momento de redactar su testamento, especialmente si se trata de un patrimonio considerable o si existen posibles herederos que puedan impugnar el documento en el futuro.
Incapacidad de hacer testamento
- La incapacidad de hacer testamento se refiere a la situación en la que una persona no tiene la capacidad mental o legal para redactar un testamento válido.
- Existen diferentes razones por las cuales una persona puede ser considerada incapaz de hacer testamento, como tener una enfermedad mental que afecte su juicio o estar bajo la influencia de sustancias.
- Para que un testamento sea considerado válido, la persona que lo redacta debe tener la capacidad testamentaria, es decir, la capacidad de entender el acto de hacer un testamento y sus consecuencias.
- En algunos casos, si se sospecha que una persona no tiene la capacidad necesaria para hacer un testamento, se puede impugnar el documento ante un tribunal.
- Es importante tener en cuenta que la incapacidad de hacer testamento no solo se refiere a la capacidad mental, sino también a cuestiones legales, como la edad mínima requerida para hacer un testamento.
Bienes que pueden incluirse en un testamento
- Dinero en efectivo: Es común incluir en un testamento la cantidad de dinero que se desea legar a ciertas personas o entidades.
- Bienes inmuebles: Propiedades como casas, terrenos o apartamentos pueden ser parte de un testamento.
- Bienes muebles: Objetos como muebles, joyas, obras de arte, vehículos, entre otros, pueden ser legados a herederos específicos.
- Acciones y participaciones en empresas: Si se poseen acciones en empresas o participaciones en negocios, estas pueden ser parte de la herencia.
- Cuentas bancarias y de inversión: Los saldos de cuentas bancarias, fondos de inversión, o cualquier otro tipo de cuenta financiera pueden ser dejados en un testamento.
- Seguros de vida: Los beneficiarios de seguros de vida también pueden ser designados en un testamento.
Cómo proceder si un adulto mayor no puede firmar
- En caso de que un adulto mayor no pueda firmar, es importante buscar alternativas para garantizar la validez de los documentos.
- Una opción es utilizar una marca o rúbrica en lugar de la firma tradicional.
- Si el adulto mayor tiene dificultades motoras que le impiden firmar, se puede recurrir a testigos presenciales que avalen la autoría del documento.
- Otra alternativa es utilizar un sello de firma autorizado por la persona en cuestión.
- Es importante consultar con un profesional del derecho para determinar la mejor forma de proceder en cada caso.
Si estás considerando la posibilidad de redactar un testamento y legar tus bienes, es fundamental contar con el asesoramiento adecuado y profesional. En este sentido, el despacho de abogados gestionado por Borja Fau es una excelente opción. Con su experiencia y dedicación, te brindarán la orientación necesaria para llevar a cabo este proceso de manera eficiente y segura. No dudes en contactar con Loustau Abogados al teléfono 666555444 y asegurar el futuro de tus bienes de manera legal y transparente.