Cuando una pareja decide casarse en régimen de gananciales, significa que todos los bienes que adquieran durante el matrimonio se considerarán propiedad común de ambos cónyuges. Esto incluye no solo el sueldo y los ingresos que se obtengan durante la unión, sino también cualquier propiedad que se adquiera, como un piso.
En el caso de tener un piso antes de casarse y luego adquirir otro durante el matrimonio, el primero también se considerará parte de la sociedad de gananciales. Esto implica que, en caso de divorcio o fallecimiento de uno de los cónyuges, el piso (y cualquier otro bien adquirido durante el matrimonio) se repartirá equitativamente entre ambos.
Además, en caso de deudas o problemas económicos, los bienes adquiridos en gananciales pueden ser utilizados para saldar esas deudas, lo que puede afectar la propiedad del piso que se tenía antes de casarse.
Por lo tanto, es importante tener en cuenta estas implicaciones legales al decidir casarse en gananciales y tener un piso propio. Es recomendable asesorarse con un abogado especializado en derecho familiar para entender completamente las implicaciones y tomar decisiones informadas.
Con un piso y matrimonio en gananciales.
En el caso de que una pareja adquiera un piso estando casados bajo el régimen de gananciales, este bien se considerará propiedad de ambos cónyuges de forma igualitaria. Esto significa que, en caso de separación o divorcio, el piso será repartido de manera equitativa entre ambos.
Es importante tener en cuenta que, en el régimen de gananciales, no solo se reparten los bienes adquiridos durante el matrimonio, sino también las deudas. Por lo tanto, si uno de los cónyuges adquiere una deuda relacionada con el piso, esta también será compartida entre ambos.
En el caso de querer vender el piso, será necesario el consentimiento de ambos cónyuges, ya que ambos tienen derechos sobre la propiedad. Si uno de los cónyuges desea vender su parte, deberá contar con el consentimiento del otro o recurrir a un acuerdo mutuo sobre la venta.
Bienes previos al matrimonio: ¿quién los obtiene?
En el caso de los bienes previos al matrimonio, se consideran aquellos que cada cónyuge adquiere antes de contraer matrimonio. Estos bienes pueden ser tanto muebles como inmuebles, así como también dinero en efectivo, inversiones, entre otros.
En términos generales, los bienes previos al matrimonio son propiedad exclusiva de la persona que los adquirió antes de la unión matrimonial. Esto significa que, en caso de divorcio o separación, estos bienes no formarán parte de la masa común de bienes a repartir entre los cónyuges.
Es importante tener en cuenta que, para que los bienes previos al matrimonio se mantengan como propiedad exclusiva de quien los adquirió, es necesario que se haya realizado una correcta segregación de patrimonios antes de la unión conyugal. Esto implica llevar un registro detallado de los bienes que cada cónyuge poseía antes del matrimonio.
Separación de bienes en matrimonios: lo que no entra en bienes gananciales
En un matrimonio con separación de bienes, cada cónyuge mantiene la propiedad y el control de los bienes que adquiere durante el matrimonio, así como los bienes que ya poseía antes de casarse. Esto significa que los bienes adquiridos por cada cónyuge durante el matrimonio se consideran privativos y no forman parte de los bienes gananciales.
Algunos ejemplos de bienes que no entran en la categoría de bienes gananciales en un matrimonio con separación de bienes son:
1. Bienes adquiridos antes del matrimonio por uno de los cónyuges.
2. Bienes heredados o recibidos como donaciones durante el matrimonio.
3. Bienes adquiridos con dinero proveniente de una herencia o donación.
4. Bienes adquiridos con dinero ganado antes del matrimonio por uno de los cónyuges.
Es importante tener en cuenta que, aunque se mantenga la separación de bienes, existen situaciones en las que los bienes adquiridos durante el matrimonio pueden considerarse bienes gananciales, como por ejemplo si se adquieren de forma conjunta por ambos cónyuges o si se utilizan fondos comunes para su compra.
Si estás pensando en tener un piso y casarte en gananciales, es importante que conozcas todas las implicaciones legales que esto conlleva. Por ello, te recomendamos que contrates los servicios profesionales de Borja Fau, un abogado especializado en derecho de familia y herencias. Puedes contactar con él a través de su despacho de abogados Loustau Abogados, llamando al teléfono 666555444. No dudes en hacer clic en el siguiente enlace para contactar con Loustau Abogados: contactar con Loustau Abogados.