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En Canarias, la normativa que regula las sucesiones y donaciones es la Ley 21/2001, de 28 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas y del orden social. Esta ley establece una serie de particularidades en comparación con la legislación del resto de España, debido a la condición de Canarias como Comunidad Autónoma con un régimen fiscal propio.
Uno de los aspectos destacados de la ley de sucesiones y donaciones en Canarias es la aplicación de un régimen fiscal específico, con beneficios fiscales para los residentes en las islas. Por ejemplo, en el caso de las sucesiones, se establece una bonificación del 99% en el Impuesto de Sucesiones y Donaciones para los descendientes y cónyuges, siempre que cumplan una serie de requisitos.
Además, en Canarias existen particularidades en lo que se refiere a la determinación de la residencia fiscal, lo que puede tener un impacto en la tributación de las sucesiones y donaciones. En este sentido, es importante contar con asesoramiento legal especializado para garantizar el cumplimiento de la normativa vigente.
En definitiva, la ley de sucesiones y donaciones en Canarias presenta aspectos destacados que la hacen única en comparación con otras comunidades autónomas. Es fundamental conocer en detalle esta normativa para poder planificar de manera adecuada la transmisión de bienes y patrimonio en el ámbito canario.
El Impuesto de Donaciones en Canarias: todo lo que debes saber
El Impuesto de Donaciones en Canarias es un impuesto que grava las transmisiones gratuitas de bienes y derechos entre personas vivas. A continuación, te presentamos todo lo que debes saber sobre este impuesto:
1. ¿Quién debe pagar el Impuesto de Donaciones en Canarias?
El impuesto debe ser pagado por el donatario, es decir, la persona que recibe la donación. En Canarias, este impuesto se rige por normativa propia, distinta al resto de España.
2. ¿Qué se considera una donación?
Se considera donación cualquier transmisión gratuita de bienes o derechos, ya sea en forma de dinero, bienes inmuebles, acciones, participaciones sociales, entre otros.
3. ¿Cuál es la base imponible del Impuesto de Donaciones en Canarias?
La base imponible del impuesto es el valor real de los bienes o derechos donados en el momento de la transmisión. Este valor se determina según la normativa vigente en Canarias.
4. ¿Cuál es la tarifa del Impuesto de Donaciones en Canarias?
La tarifa del impuesto varía según la relación de parentesco entre el donante y el donatario. Existen reducciones y bonificaciones en la cuota a pagar, especialmente en donaciones entre familiares directos.
5. ¿Cuándo se debe presentar la declaración y pagar el impuesto?
La declaración del Impuesto de Donaciones en Canarias debe presentarse en un plazo de 30 días hábiles desde la fecha de la donación. El pago del impuesto también debe realizarse en este plazo.
Entrada en vigor del Impuesto de Sucesiones y Donaciones en Canarias
El Impuesto de Sucesiones y Donaciones en Canarias entró en vigor el 1 de enero de 2019. Esta normativa establece las condiciones y tasas aplicables a las transmisiones gratuitas de bienes y derechos en la comunidad autónoma de Canarias.
Algunos puntos importantes a tener en cuenta sobre la entrada en vigor de este impuesto son:
1. El impuesto se aplica tanto a las sucesiones (transmisiones mortis causa) como a las donaciones (transmisiones inter vivos) realizadas en Canarias.
2. Las personas beneficiarias de una herencia o donación están sujetas a pagar el impuesto según las tarifas y reducciones establecidas en la normativa vigente.
3. La normativa del Impuesto de Sucesiones y Donaciones en Canarias puede variar en comparación con otras comunidades autónomas de España, por lo que es importante informarse adecuadamente sobre las condiciones específicas aplicables en Canarias.
Límite de donación a hijos sin declarar en Canarias
En Canarias, existe un límite de donación a hijos sin declarar que varía según el parentesco y el valor del bien o dinero donado. Este límite es de 30.000 euros para hijos y descendientes directos, mientras que para cónyuges y ascendientes directos es de 15.000 euros.
Es importante tener en cuenta que estas donaciones no están exentas de impuestos, por lo que es necesario declararlas ante la Agencia Tributaria correspondiente. En el caso de que el valor de la donación supere los límites establecidos, se deberá pagar el correspondiente impuesto de donaciones.
En Canarias, al igual que en el resto de España, existen diferentes tramos impositivos dependiendo del valor de la donación y del parentesco entre donante y receptor. Por lo tanto, es fundamental consultar con un asesor fiscal o abogado especializado en herencias y donaciones para conocer en detalle las implicaciones fiscales de realizar una donación a un hijo sin declarar en Canarias.
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