El suelo de las hipotecas es un término que hace referencia a una cláusula que establece un tipo de interés mínimo a pagar por parte del hipotecado, incluso cuando los tipos de interés de referencia, como el Euríbor, están por debajo de ese mínimo. Esta cláusula limita la bajada de la cuota mensual de la hipoteca cuando los tipos de interés son bajos.
Es importante destacar que estas cláusulas suelen ser abusivas, ya que desequilibran la relación contractual entre el banco y el cliente. Además, en muchos casos, los clientes no fueron debidamente informados sobre la existencia de esta cláusula o sobre sus implicaciones.
En respuesta a esta problemática, en 2013 el Tribunal Supremo español declaró nulas las cláusulas suelo cuando no se hubiera informado adecuadamente al cliente. Esto permitió a los afectados reclamar la eliminación de esta cláusula de sus contratos hipotecarios y la devolución de las cantidades pagadas de más.
Sin embargo, esta sentencia no implica que todas las cláusulas suelo sean nulas automáticamente. En algunos casos, el tribunal ha considerado que estas cláusulas son transparentes y, por lo tanto, válidas. Por ello, es importante contar con asesoramiento legal especializado para determinar la validez de una cláusula suelo en un contrato hipotecario específico.
En la actualidad, las entidades bancarias están obligadas a informar de manera clara y comprensible sobre la existencia de esta cláusula en los contratos hipotecarios. Además, deben proporcionar simulaciones de cuotas hipotecarias que reflejen el impacto de la cláusula suelo en diferentes escenarios de tipos de interés.
Si un cliente considera que ha sido víctima de una cláusula suelo abusiva, puede iniciar un proceso de reclamación ante su entidad bancaria. En caso de no obtener una respuesta satisfactoria, puede acudir a los tribunales para buscar una solución.
Funcionamiento de la cláusula suelo
La cláusula suelo es una cláusula que se incluye en los contratos de préstamos hipotecarios a tipo de interés variable. Esta cláusula establece un límite mínimo de interés que el deudor debe pagar, incluso si el índice de referencia (generalmente el Euríbor) está por debajo de ese límite.
El funcionamiento de la cláusula suelo es el siguiente:
1. Establecimiento del límite mínimo: La cláusula suelo establece un límite mínimo de interés que el deudor debe pagar, independientemente de cómo evolucione el índice de referencia. Por ejemplo, si el límite mínimo es del 3%, aunque el Euríbor esté en el 0.5%, el deudor deberá pagar un interés del 3%.
2. Protección del banco: La cláusula suelo protege los intereses del banco, ya que garantiza que siempre recibirá un interés mínimo, incluso en periodos de bajos tipos de interés. Esto reduce el riesgo para el banco y asegura un nivel de ingresos mínimo.
3. Desventajas para el deudor: El funcionamiento de la cláusula suelo puede ser desfavorable para el deudor, ya que impide beneficiarse de los periodos de bajos tipos de interés. Esto significa que, aunque el Euríbor esté muy bajo, el deudor seguirá pagando un interés más alto del que correspondería.
4. Opacidad y falta de transparencia: En muchos casos, las cláusulas suelo han sido incluidas en los contratos sin que el deudor tuviera conocimiento de su existencia o de sus implicaciones. Esto ha generado controversia y numerosas demandas judiciales.
5. Sentencias judiciales: En los últimos años, los tribunales han considerado abusivas muchas de las cláusulas suelo incluidas en los contratos hipotecarios. Esto ha llevado a la anulación de estas cláusulas y a la obligación de devolver a los deudores los intereses pagados de más.
Derecho a reclamar cláusula suelo: ¿quién puede?
En relación al derecho a reclamar la cláusula suelo en los contratos hipotecarios, pueden hacerlo aquellas personas que se encuentren en una situación en la que se vean afectados por esta cláusula abusiva.
1. Consumidores: Los consumidores son los principales beneficiarios de este derecho, ya que son aquellos que han firmado un contrato de préstamo hipotecario con una entidad financiera y se les ha incluido una cláusula suelo que limita la bajada de los tipos de interés.
2. Personas físicas: El derecho a reclamar la cláusula suelo también está disponible para las personas físicas que hayan suscrito un contrato hipotecario y se vean afectadas por esta cláusula abusiva.
3. Personas jurídicas: Aunque el derecho a reclamar la cláusula suelo está principalmente dirigido a los consumidores y personas físicas, también las personas jurídicas tienen la posibilidad de reclamar si se demuestra que la cláusula suelo les ha generado un perjuicio económico significativo.
Es importante tener en cuenta que, para poder reclamar la cláusula suelo, es necesario cumplir con ciertos requisitos, como haber firmado un contrato hipotecario con una entidad financiera que incluya esta cláusula y que dicha cláusula sea considerada abusiva por los tribunales de justicia.
Reclamación de cláusula suelo: límite de años
Existen ciertos límites de años para la reclamación de la cláusula suelo en los contratos hipotecarios. Estos límites se refieren al periodo de tiempo durante el cual los afectados pueden presentar su reclamación y solicitar la devolución de las cantidades pagadas de más debido a esta cláusula abusiva.
1. Límite de 4 años: Según la jurisprudencia española, los afectados por la cláusula suelo tienen un plazo de 4 años para presentar su reclamación desde que tuvieron conocimiento de su existencia y de las consecuencias económicas que les suponía. Este límite se estableció a partir de una sentencia del Tribunal Supremo en 2013.
2. Efectos retroactivos: A pesar del límite de 4 años, la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de diciembre de 2016 estableció que los efectos de la declaración de nulidad de la cláusula suelo debían tener carácter retroactivo, es decir, se debían devolver todas las cantidades pagadas de más desde el inicio del contrato hipotecario.
3. Excepción a los 4 años: Existe una excepción al límite de 4 años en el caso de reclamaciones presentadas antes de la entrada en vigor de la Ley 1/2017, de 20 de enero, de medidas urgentes de protección de consumidores en materia de cláusulas suelo. Para estas reclamaciones, el plazo de prescripción se amplía hasta el 7 de octubre de 2020.
Es importante tener en cuenta que cada caso puede ser diferente y que es necesario consultar con un abogado especializado en derecho bancario para determinar el plazo de reclamación correspondiente. Además, es recomendable recopilar toda la documentación relacionada con el contrato hipotecario y las cantidades pagadas de más debido a la cláusula suelo para respaldar la reclamación.
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