Cuánto se paga por donaciones en Andalucía: información relevante.




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En Andalucía, las donaciones están reguladas por la Ley 6/2016, de 9 de diciembre, del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. En cuanto a las donaciones, se establece que están sujetas a un impuesto que varía en función del parentesco entre donante y donatario, así como del importe de la donación.

Por ejemplo, las donaciones entre padres e hijos gozan de una bonificación del 99% en la base imponible, es decir, prácticamente quedan exentas de pagar impuestos. En el caso de donaciones entre hermanos, tíos y sobrinos, el tipo impositivo varía entre el 7,65% y el 34%, dependiendo del importe donado.




Es importante tener en cuenta que en Andalucía existen una serie de reducciones y bonificaciones en el impuesto de donaciones, por lo que es recomendable informarse adecuadamente antes de realizar una donación. Asimismo, es importante tener en cuenta que las donaciones deben ser declaradas ante la Administración Tributaria para evitar posibles sanciones.

Tarifas por donaciones en Andalucía

En Andalucía, las tarifas por donaciones están reguladas por la Junta de Andalucía a través de la Ley 6/2017, de 9 de mayo, de modificación de la Ley 15/2009, de 22 de julio, de mediación en el ámbito del derecho civil andaluz. Esta ley establece los impuestos que se deben pagar en caso de realizar una donación en la comunidad autónoma.

Las tarifas por donaciones en Andalucía varían en función del parentesco entre el donante y el donatario. Por ejemplo, para las donaciones entre padres e hijos, la tarifa es del 3,5% hasta 8.000 euros, del 7,5% de 8.000 a 30.000 euros, y del 10% a partir de 30.000 euros.

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En el caso de donaciones entre cónyuges y parejas de hecho, la tarifa es del 1% hasta 8.000 euros, del 8% de 8.000 a 30.000 euros, y del 9% a partir de 30.000 euros.

Para el resto de donaciones, la tarifa es del 7,5% hasta 7.999 euros, del 9% de 8.000 a 30.000 euros, y del 10% a partir de 30.000 euros.

Es importante tener en cuenta que en Andalucía existen algunas exenciones en el pago de impuestos por donaciones, como por ejemplo las donaciones destinadas a la adquisición de vivienda habitual, o las donaciones destinadas a la realización de obras de conservación y mejora de dicha vivienda.

El impuesto de donaciones en Andalucía: ¿cuál es su porcentaje?

En Andalucía, el impuesto de donaciones se aplica a las transmisiones gratuitas de bienes y derechos entre personas vivas. El porcentaje del impuesto varía en función del parentesco entre donante y donatario, así como del valor del bien o derecho donado.

1. Para donaciones entre padres e hijos, el porcentaje del impuesto oscila entre el 1% y el 20%, dependiendo del valor de la donación.

2. Para donaciones entre cónyuges, el porcentaje del impuesto es del 1%.

3. Para donaciones entre hermanos, el porcentaje del impuesto varía entre el 7% y el 36%.

Es importante tener en cuenta que existen una serie de bonificaciones y reducciones en el impuesto de donaciones en Andalucía, especialmente en el caso de donaciones de vivienda habitual a descendientes directos.

Cálculo del impuesto de donaciones en Andalucía

En Andalucía, el impuesto de donaciones se calcula en función del valor real de los bienes o derechos recibidos. Este valor se determina según la normativa vigente en la comunidad autónoma, teniendo en cuenta factores como el parentesco entre donante y donatario, la edad de este último, y la cuantía de la donación.

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Para calcular el impuesto de donaciones en Andalucía, se aplica una escala progresiva en función del importe recibido. La tarifa varía según el parentesco entre donante y donatario, siendo más favorable para cónyuges y descendientes directos.

Es importante tener en cuenta que en Andalucía existen una serie de reducciones y bonificaciones que pueden aplicarse en determinados casos, como por ejemplo para donaciones destinadas a la adquisición de vivienda habitual o para emprendedores.

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