En el ámbito del derecho sucesorio, la legítima se refiere a la parte de la herencia de una persona que está reservada por ley a sus herederos forzosos. En el caso de Asturias, la legislación establece que los herederos forzosos son los descendientes, ascendientes y el cónyuge del fallecido.
La legítima en Asturias se divide en dos tercios: el tercio de mejora y el tercio de libre disposición. El tercio de mejora es aquel que el testador puede destinar a mejorar la parte de la herencia que corresponde a alguno de sus herederos forzosos, ya sea el cónyuge o los descendientes. Por otro lado, el tercio de libre disposición es aquel que el testador puede distribuir libremente entre sus herederos o legatarios.
En cuanto a la cuantía de la legítima en Asturias, esta dependerá del número de herederos forzosos y de las disposiciones testamentarias realizadas por el fallecido. En caso de que exista un solo heredero forzoso, este tendrá derecho a la totalidad de la herencia, ya que la legítima será equivalente a la misma. Si hay varios herederos forzosos, la legítima se repartirá entre ellos.
Es importante destacar que la legítima en Asturias puede ser reclamada por los herederos forzosos incluso si el testador no ha dejado disposiciones testamentarias o si estas no cumplen con la cuantía mínima que establece la ley. En este sentido, la legislación asturiana establece que la legítima no puede ser objeto de renuncia ni de disposiciones testamentarias que la perjudiquen.
La legítima de 100.000 euros: ¿Cómo se determina?
La legítima de 100.000 euros es una cantidad específica que se utiliza para determinar la parte de la herencia que le corresponde a los herederos forzosos. La legítima es la porción de la herencia que la ley reserva a ciertos parientes del fallecido, y su objetivo es proteger sus derechos y evitar que sean desheredados por completo.
La determinación de la legítima de 100.000 euros se realiza siguiendo las normas establecidas en el Código Civil. En primer lugar, es importante señalar que la legítima no se calcula en función del valor total de la herencia, sino en relación con los bienes y derechos que forman parte de la masa hereditaria.
En general, la legítima se distribuye en función del parentesco y la existencia de otros herederos. La ley establece que los descendientes tienen derecho a dos tercios de la legítima, mientras que los ascendientes (padres y abuelos) tienen derecho a un tercio. Si no hay ascendientes ni descendientes, la legítima se distribuye entre los cónyuges o, en su defecto, entre los hermanos.
Sin embargo, es importante tener en cuenta que la legítima de 100.000 euros es una cantidad fija que se aplica cuando el patrimonio del fallecido es inferior a esa cifra. Si el patrimonio es superior, la legítima se calcula de forma proporcional.
¿Cuánto corresponde de legítima a un hijo?
La legítima es la parte de la herencia que está destinada por ley a los hijos. En España, el Código Civil establece que los hijos tienen derecho a recibir como legítima la mitad de la herencia de sus padres. Este porcentaje se divide entre todos los hijos por partes iguales, a menos que exista algún tipo de disposición testamentaria en contrario.
Es importante tener en cuenta que la legítima es una parte indisponible de la herencia, lo que significa que no se puede privar a los hijos de ella mediante un testamento. Sin embargo, los padres tienen la posibilidad de desheredar a sus hijos, pero solo en casos muy específicos y siguiendo el procedimiento legal correspondiente.
En situaciones en las que el fallecido no tiene hijos, la legítima corresponderá a los descendientes más cercanos, como los nietos. En este caso, también se divide la mitad de la herencia entre los descendientes por partes iguales.
Es importante destacar que la legítima tiene carácter preferente frente a cualquier otro tipo de disposición testamentaria. Esto significa que, aunque el testador haya dejado en su testamento una parte de la herencia a un tercero, los hijos siempre tendrán derecho a reclamar su legítima.
Cálculo de la legítima: paso a paso
El cálculo de la legítima es un proceso que se lleva a cabo para determinar la porción de la herencia que corresponde de manera obligatoria a los herederos forzosos. La legítima es una parte de la herencia que está reservada por ley para ciertos familiares directos, como los hijos y los padres.
A continuación, se presenta un paso a paso para calcular la legítima:
1. Determinar el valor total de la herencia: El primer paso es conocer el valor total de los bienes y derechos que conforman la herencia. Esto incluye propiedades, cuentas bancarias, inversiones, entre otros activos.
2. Identificar a los herederos forzosos: Una vez conocido el valor total de la herencia, es necesario identificar a los herederos forzosos. Estos son los familiares directos que tienen derecho a recibir una parte de la herencia de forma obligatoria. En la mayoría de los casos, los herederos forzosos son los hijos y los padres del fallecido.
3. Calcular la legítima: La legítima se calcula como un porcentaje del valor total de la herencia. La legislación de cada país o región establece el porcentaje específico que corresponde a cada heredero forzoso. Por ejemplo, en España, la legítima es de dos tercios de la herencia para los hijos y de un tercio para los padres.
4. Restar la legítima a la herencia: Una vez calculada la legítima, se resta del valor total de la herencia. El resultado es la porción de la herencia que queda disponible para ser distribuida de acuerdo a la voluntad del fallecido, en caso de haber dejado testamento.
Es importante tener en cuenta que el cálculo de la legítima puede variar según la legislación de cada país o región. Además, en algunos casos pueden existir circunstancias especiales que afecten el cálculo, como por ejemplo la existencia de otros herederos o la existencia de deudas o cargas sobre la herencia.
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