Alta autonomía familiar colaborador en la Seguridad Social




Hoy voy a hablarte de la «Alta autonomía familiar colaborador en la Seguridad Social» desde un punto de vista legal.

En el ámbito de la Seguridad Social, la alta autonomía familiar colaborador es un concepto importante que se refiere a la posibilidad de que un familiar del trabajador autónomo pueda colaborar con él en su actividad laboral de forma regular. Esta figura permite que un familiar del autónomo pueda cotizar y tener cobertura de Seguridad Social de manera independiente.

La legislación española contempla esta figura para garantizar la protección social de los familiares que colaboran con el trabajador autónomo. Para poder acogerse a esta modalidad, es necesario cumplir una serie de requisitos y formalidades establecidas por la Seguridad Social.




Es importante destacar que la alta autonomía familiar colaborador en la Seguridad Social brinda la posibilidad de que los familiares del autónomo puedan cotizar y acceder a prestaciones como la asistencia sanitaria, las prestaciones por incapacidad temporal o la pensión de jubilación, entre otras.

Guía para dar de alta a un autónomo colaborador familiar

  • Para dar de alta a un autónomo colaborador familiar, es necesario seguir una serie de pasos establecidos por la normativa vigente.
  • En primer lugar, es importante que el autónomo que va a ser dado de alta como colaborador familiar cumpla con los requisitos establecidos por la ley, como parentesco con el autónomo titular del negocio.
  • Una vez confirmada la elegibilidad del familiar como autónomo colaborador, se debe proceder con la comunicación a la Seguridad Social, indicando los datos del autónomo titular y los del colaborador familiar.
  • Es crucial contar con toda la documentación necesaria para el proceso de alta, como el DNI de ambos, el certificado de convivencia, el modelo de alta en la Seguridad Social, entre otros.
  • El autónomo colaborador familiar deberá estar dado de alta en el RETA (Régimen Especial de Trabajadores Autónomos) y cotizar como tal, lo que le brindará acceso a la cobertura de la Seguridad Social.
  • Es fundamental cumplir con los plazos establecidos para el alta del autónomo colaborador, evitando posibles sanciones por incumplimiento de la normativa laboral.
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Guía para registrar a un autónomo colaborador familiar 2023

  • ¿Qué es un autónomo colaborador familiar?: Un autónomo colaborador familiar es aquel que trabaja de forma regular y continuada en el negocio familiar, sin percibir una remuneración fija.
  • Requisitos para ser autónomo colaborador familiar: Se deben cumplir una serie de requisitos, como tener un parentesco con el titular del negocio, no ser titular de otro negocio, y colaborar en la actividad principal de forma habitual y sin remuneración fija.
  • ¿Cómo se realiza el registro?: El registro de un autónomo colaborador familiar se realiza en la Seguridad Social, presentando el modelo TA.2/S-0138 en el que se recogen los datos del autónomo colaborador y del titular del negocio.
  • Beneficios del registro: Registrar a un autónomo colaborador familiar permite que este pueda tener cobertura en la Seguridad Social, acceder a prestaciones como la asistencia sanitaria, y cotizar para su futura jubilación.
  • Importancia de la documentación: Es fundamental contar con toda la documentación necesaria, como el modelo TA.2/S-0138 debidamente cumplimentado y firmado, así como el libro de familia que acredite el parentesco.

Diferencia entre autónomo y autónomo colaborador

  • Autónomo: Un autónomo es una persona que realiza una actividad económica por cuenta propia, asumiendo todos los riesgos y beneficios asociados a su negocio. Es el único responsable de su actividad y debe darse de alta en el régimen de autónomos de la Seguridad Social.
  • Autónomo colaborador: Por otro lado, un autónomo colaborador es aquella persona que, siendo familiar directo del autónomo titular, colabora con este en su actividad económica sin percibir remuneración. El autónomo colaborador no tiene la obligación de darse de alta en el régimen de autónomos de la Seguridad Social, ya que su colaboración se considera familiar y no profesional.
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